Ruta Nómada Digital para España

Ruta Nómada Digital para España
Tu ruta para vivir y trabajar de manera remota en España.
Conoce la vía para teletrabajadores internacionales, evalúa tu perfil y organiza tu proceso con una ruta clara.

Tu proyecto profesional puede comenzar en España.
Trabaja en remoto con una estrategia ordenada.
Revisa elegibilidad, documentación y próximos pasos con acompañamiento profesional durante el proceso.

Vivir en España puede ser parte de tu proyecto.
Con seguimiento y acompañamiento profesional.
Gestiona tu solicitud, consulta tareas y conoce el avance de tu expediente desde tu espacio privado Mi Ruta.
Seis claves para entender la residencia de nómadas digitales.
Conoce de forma clara qué es la autorización, a quién se dirige, qué puede aportar a tu proyecto de movilidad y qué documentación suele exigirse antes de preparar la solicitud.
¿Qué es?
Es el procedimiento de autorización de residencia para teletrabajadores internacionales cuando la persona solicitante se encuentra regularmente en España.
La autorización puede tener una vigencia de hasta 3 años, o inferior si el período de trabajo acreditado es menor, y permite residir y trabajar en todo el territorio nacional dentro de los límites de la autorización.
La Ley 14/2013 regula esta vía para facilitar la entrada y permanencia en España de teletrabajadores de carácter internacional.
¿Por qué hacerlo?
Además de la residencia, determinadas personas desplazadas a España pueden valorar el régimen fiscal especial del artículo 93 de la Ley 35/2006, siempre que cumplan sus requisitos.
- Acceso al régimen especial: puede alcanzar a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.
- Regla de no residencia previa: actualmente exige, entre otras condiciones, no haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores.
- Impuesto sobre el Patrimonio: quienes optan válidamente por el régimen quedan sujetos por obligación real, es decir, respecto de bienes y derechos situados, ejercitables o cumplibles en España.
¿Para qué sirve?
Sirve para dar el paso de vivir legalmente en España mientras continúas desarrollando tu actividad profesional de forma remota.
- Mantener tu actividad, clientes o proyectos internacionales mientras organizas tu residencia en España.
- Solicitar un título habilitante para residir y desarrollar la actividad de teletrabajo internacional, si cumples los requisitos.
- Construir una nueva etapa profesional y personal sin desvincularte necesariamente de tu actividad económica principal en el exterior.
Nuestro acompañamiento busca ayudarte a entender el proceso, identificar los requisitos aplicables, ordenar la documentación y preparar una solicitud coherente y correctamente estructurada.
¿A quién va dirigido?
- Personas extranjeras que quieran ejercer a distancia una actividad laboral o profesional para empresas situadas fuera de España mediante medios informáticos, telemáticos o de telecomunicación.
- Personas que trabajen por cuenta ajena para empresas situadas fuera de España.
- Profesionales por cuenta propia que trabajen principalmente para clientes extranjeros y que, en los términos legales, puedan prestar servicios para empresas situadas en España hasta el límite permitido.
¿Qué documentación necesitas?
- Copia completa del pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Justificante de la tasa correspondiente, incluido el modelo 790 código 038 cuando proceda.
- Acreditación de una relación laboral o profesional mínima de tres meses con la empresa o cliente extranjero.
- Acreditación de actividad real y continuada de al menos un año de la empresa o grupo empresarial extranjero.
- Carta de la empresa que autorice el trabajo remoto desde España y detalle puesto, remuneración y condiciones.
- Titulación relacionada con la actividad o, cuando proceda, experiencia profesional sustitutiva.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social o acreditación de los trámites de alta que correspondan.
- Certificado de antecedentes penales y declaración responsable en los supuestos exigidos por la normativa.
Requisitos generales
- Modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
- Copia completa del pasaporte o documento de viaje en vigor y, cuando corresponda, documentación de familiares.
- Acreditación de recursos económicos suficientes para la persona solicitante y su familia durante la residencia.
- Seguro público o privado de enfermedad con cobertura adecuada en España, salvo los supuestos en que exista cobertura por el Sistema Nacional de Salud.
- Justificante de abono de la tasa correspondiente.
¿Solicitas desde fuera de España o ya estás allí?
Estas vías no son intercambiables: revisamos tu situación antes de definir cómo preparar el expediente.
Visado para teletrabajo internacional
El trámite se presenta ante la misión diplomática u oficina consular española competente. La vigencia máxima inicial es de un año, o menos si el trabajo dura menos.
¿Para qué? Para entrar y residir en España trabajando a distancia durante la vigencia concedida.Autorización de residencia
Se solicita por el canal de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Puede tener vigencia máxima de tres años o menor si la duración del trabajo acreditado es inferior.
¿Para qué? Para solicitar la residencia por teletrabajo internacional desde España si reúnes los requisitos.Tu trámite, paso a paso.
Te acompañamos desde la primera orientación hasta la revisión de las comunicaciones que recibas. En cada etapa conocerás qué hacemos y cuál es el siguiente paso. El alcance se confirma antes de contratar.
Conocemos tu caso
Nos cuentas dónde estás, cómo trabajas y qué buscas en España. Revisamos qué vía podría corresponderte.
Ruta inicial y documentos prioritarios.
Revisamos tus documentos
Contrastamos contratos, ingresos, antecedentes y cobertura sanitaria con los requisitos que debas acreditar.
Lista personalizada de soportes y faltantes.
Organizamos tu expediente
Ordenamos formularios y evidencias; identificamos traducciones y legalizaciones cuando sean necesarias.
Documentación organizada para preparar la solicitud.
Te orientamos al presentar
Te indicamos los pasos, tasas y canal que corresponda: consulado o UGE-CE. La representación solo se presta si se contrata y procede.
Claridad sobre qué presentar, cómo y dónde.
Te acompañamos después
Organizamos justificantes y revisamos las comunicaciones que recibas, incluidos posibles requerimientos y plazos oficiales.
Próximos pasos según la notificación; el seguimiento privado no sustituye al seguimiento oficial.
Escoge cómo quieres que te acompañemos.
Empieza con una valoración de tu perfil, organiza tu documentación o solicita acompañamiento en distintas etapas. Antes de contratar, te informamos del alcance y los honorarios de cada servicio.
Lo que revisaremos contigo.
Requisitos principales según la normativa y las fichas oficiales; cada oficina y modalidad puede exigir documentación específica adicional. No todos los documentos aplican del mismo modo a cada persona.
Relación y trabajo remoto
Trabajo a distancia para empresa o clientes fuera de España; relación de al menos tres meses y autorización o condiciones de teletrabajo acreditables.
Empresa con trayectoria
La empresa o grupo extranjero debe acreditar actividad real y continuada durante al menos un año.
Formación o experiencia
Titulación o formación admitida por la ley, o tres años de experiencia profesional relacionada; si la profesión es regulada, comprueba la homologación.
Recursos económicos
Titular: referencia del 200 % del SMI vigente al mes. Familiares: 75 % adicional por el primero y 25 % por cada otro familiar.
Identidad y antecedentes
Pasaporte vigente, requisitos de mayoría de edad y certificados o declaraciones de antecedentes según la vía y el lugar de residencia.
Cobertura y documentos
Seguro o cobertura sanitaria y obligaciones de Seguridad Social; traducciones y legalización o apostilla de documentos públicos extranjeros cuando correspondan.
Avanzar acompañado también requiere preparación.
La normativa contempla ciertos familiares. Revisamos cuáles podrían corresponder y cómo acreditar vínculo, dependencia y medios económicos.
- Cónyuge o pareja, según las condiciones del vínculo.
- Hijos que cumplan los requisitos de edad o dependencia.
- Ascendientes a cargo, cuando corresponda.
¿Por qué revisar el grupo familiar desde el inicio?
Porque pueden requerirse solicitudes, certificados, apostillas y recursos económicos adicionales. La regla de referencia incrementa los medios en un 75 % del SMI para el primer familiar y un 25 % para cada familiar posterior.
¿Para qué sirve la revisión?
Para preparar una ruta conjunta que considere los documentos y condiciones particulares de cada miembro, sin asegurar que una solicitud será concedida.
✓ Información registrada
Hemos recibido tu información inicial. El registro no genera un cobro y permite realizar la revisión preliminar. El proceso de acompañamiento y gestión del trámite se activa únicamente cuando el pago único haya sido confirmado.
La referencia identifica este registro interno de contacto; no corresponde a un expediente oficial ante autoridades españolas.
Tu expediente, organizado y visible en cada etapa.
Una vez habilitado tu acceso, Mi Ruta te permite consultar el estado del proceso, el profesional asignado, documentos pendientes, el pago único y los próximos pasos. El registro puede hacerse sin pago, pero el proceso no inicia hasta su confirmación.
Documentación en preparación
Próximo paso: completar la documentación solicitada.
Respuestas claras antes de tomar una decisión.
Información de referencia: la evaluación final es individual y corresponde a los órganos competentes.
¿La visa y la autorización de residencia son lo mismo?
No. El visado para quien se encuentra fuera de España tiene una vigencia máxima inicial de un año, o menor si así lo determina la duración del trabajo. La autorización de residencia, solicitada desde España en situación regular o tras entrar con el visado, puede alcanzar hasta tres años o menos según el trabajo acreditado.
¿Puedo trabajar para una empresa española?
Con relación laboral, la figura exige actividad para empresas situadas fuera de España. Si prestas servicios como profesional por cuenta propia, la actividad para empresas ubicadas en España no puede superar el 20 % de tu actividad profesional.
¿Qué antigüedad debo acreditar?
La empresa o grupo extranjero debe tener actividad real y continuada de al menos un año; la relación laboral o profesional con la empresa o clientes extranjeros debe acreditarse durante al menos los tres meses anteriores a la solicitud.
¿Cuánto dinero debo demostrar?
La referencia oficial es al menos el 200 % del SMI vigente para la persona titular. Para familiares se exige un 75 % del SMI por el primero y un 25 % por cada familiar adicional. El importe en euros debe actualizarse y comprobarse para la fecha del trámite.
¿Puedo incluir a mi pareja, hijos o ascendientes?
La regulación contempla determinados familiares; deben acreditarse el vínculo y, cuando corresponda, dependencia o los requisitos específicos del caso. Cada familiar puede necesitar documentación y solicitud propias.
¿Ruta Nómada Digital concede o garantiza la visa?
No. Ruta Nómada Digital ofrece servicios privados de orientación y acompañamiento documental. El visado corresponde a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares y la autorización de residencia a la UGE-CE. Ningún resultado está garantizado.
¿Cuándo debo pagar?
Puedes registrarte y recibir la revisión preliminar sin pago. Si decides continuar, se te informará el valor del pago único del servicio. El acompañamiento y la gestión del trámite no comienzan hasta que el pago haya sido confirmado. Tasas oficiales y gastos de terceros, cuando existan, se informan por separado.
¿Qué ocurre con los datos del formulario?
Los datos del formulario se registran en el sistema de gestión de Ruta Nómada Digital para realizar la valoración inicial, contactar al interesado y dar continuidad al proceso. No deben adjuntarse documentos sensibles en esta etapa.
Tu proyecto merece una conversación clara.
Define tu punto de partida y pide una propuesta ajustada a tu situación.
